La ayuda de 200 euros que se puede solicitar desde el 15 de febrero y hasta el 31 de marzo se tendrá que declarar en la campaña de la renta para el año 2023 que se realiza en 2024 pero solo en el caso de aquellos beneficiarios que estén obligados a hacerlo. Es decir, quienes tengan ingresos este año por más de 22.000 procedentes de un único pagador.

Esta ayuda, que se tratará de un pago único mediante transferencia bancaria, está dirigida a personas que hayan trabajado o hayan cobrado prestación o subsidio por desempleo que residan en hogares con ingresos inferiores a 27.000 euros anuales

¿Cómo hay que declarar la ayuda de 200 euros en la renta de 2023?

En primer lugar, la ayuda de 200 no tiene retención de IRPF, es decir, se cobrará de forma íntegra. Pero tributa, como explican desde la Agencia Tributaria a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es una ganancia patrimonial.

Declarar o no la ayuda de 200 euros en la renta de 2023, que se realiza el próximo año, depende de si se tiene la obligación de presentar la declaración.

Así, están obligados a presentar la declaración de la renta aquellas personas que obtengan ingresos de más de 22.000 euros al año por rendimientos del trabajo y que solo tengan un pagador. Quién esté por debajo de esta cuantía anual y percibe la ayuda de 200 euros, no está obligado a presentar la declaración al tratarse de un importe inferior a 1.000 euros, como recoge la ley del IRPF.

Por ello, en este caso, el cobro de la ayuda afectará a quienes, cumpliendo el requisito de que los ingresos del hogar donde reside sean inferiores a 27.000 euros, perciban, de forma individual, más de 22.000 euros en 2023. 

¿Cuánto se pagará por la ayuda de 200 euros en la renta? 

Desde la asesoría fiscal TaxDown, han calculado cuánto tendría que pagar una persona en función de los ingresos generados y de la comunidad autónoma de residencia en la renta. De manera que si un beneficiario de la ayuda ha tenido ingresos brutos por rendimiento de trabajo de unos 23.500 euros en la Comunidad de Madrid, tendrá que pagar alrededor de 30 euros. Y si llega al tope para solicitar la ayuda, 27.000 euros, ascenderá hasta los 40.

Mientras que en Cataluña o Comunidad Valenciana con la misma renta puede alcanzar los 40 euros. Así, desde esta asesoría fiscal estiman que se pague entre 25 y 42 euros aproximadamente y recuerdan que no va a afectar a las rentas menores de 22.000 euros al año. Además, desde esta asesoría apuntan a que  podría afectar a aquellos que en 2023 perciban más de 15.000 euros de dos pagadores, mientras que del segundo cobren más de 1.500 euros. 

Como detalla Teresa Pontón Aricha, doctora en Derecho financiero y Tributario de la Universidad de Cádiz a Newtral.es, tener que pagar 60 euros por esta ayuda sería “un caso extraordinario”, de aquellos que en 2023 cambien de trabajo y pasen a tener unos ingresos íntegros de 50.000 euros, pone como ejemplo Pontón. 

¿Cuáles son los requisitos de la ayuda y quién está excluido?

Pueden solicitar la ayuda de 200 euros, las personas físicas que a 31 de diciembre de 2022, cumplan con estos requisitos:

  • Haber percibido ingresos íntegros inferiores a 27.000 euros anuales y tener un patrimonio inferior a 75.000 euros anuales. Los ingresos y el patrimonio se computarán de forma conjunta con su cónyuge o pareja, y con los ascendientes hasta segundo grado que convivan en el mismo domicilio. 
  • Tener residencia habitual en España. 
  • A trabajadores y desempleados. Otro de los requisitos para optar a esta ayuda es haber realizado en 2022 una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en la Seguridad Social o mutualidad, o haber cobrado una prestación o subsidio por desempleo.

Por otra parte, existen algunos límites que no permiten recibir los 200 euros. No serán beneficiarias las personas que a 31 de diciembre de 2022 han cobrado el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o pensiones. reciben alguna de estas prestaciones.